




El Gobierno nacional mantiene la figura de los días no laborables con fines turísticos como una herramienta para incentivar los viajes internos, tras la eliminación de los feriados puente.
En ese contexto, este viernes quedaron definidas tres fechas que completan el calendario de fines de semana extralargos de 2026 para quienes no deban trabajar esos días, ya que al no ser feriados son días no laborables, sujetos a decisión que tome empleador sobre trabajar o no en esa jornada.
Es la resolución 164/2025 de la Jefatura de Gabinete de Ministros que habilitó la posibilidad de armar escapadas de cuatro días en marzo, julio y diciembre.
Estos días no laborables se combinan con feriados nacionales inamovibles ya establecidos. Dos de esos feriados caen martes, mientras que el Día de la Independencia se celebra un jueves.
Días no laborables turísticos de 2026
- Lunes 23 de marzo, previo al feriado por el Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia.
- Viernes 10 de julio, posterior al feriado por el Día de la Independencia.
- Lunes 7 de diciembre, previo al feriado por la Inmaculada Concepción de María.
Con esa resolución, firmada por el jefe de Gabinete, Manuel Adorni , quienes no trabajen esos días podrán acceder a cuatro jornadas consecutivas de descanso, siempre que no deban cumplir tareas los fines de semana. En los casos de marzo y diciembre, la actividad se retomará el miércoles, mientras que el receso de mitad de año comenzará el jueves 9 de julio. Lo que también achicará las jornada laborables.
La normativa vigente permite al Poder Ejecutivo declarar hasta tres días no laborables por año para promover el turismo interno y atenuar la estacionalidad del sector. Además, las fechas deben ubicarse lunes o viernes, aunque el Gobierno no está obligado a implementarlas.
Fines de semana largos confirmados en 2026
Hasta el momento, el calendario incluye los siguientes fines de semana largos vinculados a feriados inamovibles:
- Lunes 16 y martes 17 de febrero: Carnaval.
- Jueves 2 y viernes 3 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas y Viernes Santo.
- Viernes 1 de mayo: Día del Trabajador.
- Lunes 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo.
- Lunes 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín.
- Lunes 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural.
- Viernes 20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional.
- Viernes 25 de diciembre: Navidad.
Importante
Además, el decreto 614/2025 faculta al Gobierno a trasladar feriados que caigan sábado o domingo al lunes siguiente o al viernes previo. En 2026 no se da esa situación, aunque no se descarta que en las próximas semanas se sume otro fin de semana largo si se redefine el feriado del miércoles 17 de junio, correspondiente al Paso a la Inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes.
Diferencia entre un feriado y un día no laborable
Los días no laborables implican descanso para la administración pública nacional, escuelas, bancos, compañías de seguros y actividades vinculadas.
A diferencia de los feriados nacionales, en el sector privado queda a criterio del empleador decidir si se trabaja o no.
En caso de asistir, el trabajador no cobra doble ni recibe compensaciones adicionales, como sí ocurre con los feriados establecidos por ley.
