


El tribunal integrado por el juez provincial Álvaro Campos dictó sentencia en la causa por el trágico choque frontal registrado en junio de 2024 entre Los Molinos y Arequito. El fallo resolvió condenar a M. Z., de 21 años, a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional y fijó una inhabilitación de ocho años para conducir vehículos automotores.
La resolución judicial se dio a conocer el pasado 27 de julio tras la finalización del juicio oral en los Tribunales de Casilda. El magistrado consideró a M.Z. autor penalmente responsable de los delitos de homicidio culposo agravado (por la pluralidad de víctimas fallecidas) en concurso real con lesiones graves culposas.
El trágico episodio
El siniestro se produjo cerca de las 11:00 del 16 de junio de 2024, a unos 3,5 kilómetros de Arequito, a la altura del canal aliviador. En ese punto de la ruta provincial 92, M.Z. transitaba hacia el oeste a bordo de una camioneta Fiat Strada cuando se cruzó de carril e impactó de frente contra un Ford Ka que circulaba en sentido inverso.
A raíz de la violenta colisión, perdieron la vida de forma instantánea las dos personas que viajaban en el automóvil: un matrimonio de jubilados de San José de la Esquina, identificado como Víctor P. (88) y Alicia L. (76). En tanto, la acompañante del imputado, una adolescente de 16 años, sufrió múltiples fracturas y luxaciones que motivaron su traslado aéreo de urgencia al Hospital de Emergencias Clemente Álvarez (HECA) de Rosario.
Reglas de conducta y postura de la Fiscalía
Las pericias técnicas —efectuadas por la División Científica Forense de la PDI y el Gabinete Accidentológico de Rosario— determinaron que el choque fue consecuencia de una maniobra imprudente, negligente y contraria a las normas de tránsito por parte del conductor de la Pick Up.
Pese a que el fiscal Emiliano Ehret había solicitado durante el debate una pena de seis años de cárcel efectiva y diez de inhabilitación, el magistrado resolvió otorgar la pena en suspenso. Para mantener la libertad, M.Z. deberá cumplir durante tres años una serie de reglas de conducta: establecer domicilio, someterse a la Agencia de Medidas No Privativas de la Libertad, abstenerse del consumo de drogas y el abuso de alcohol, formarse en un oficio o profesión y realizar un curso de educación vial. Asimismo, se sostuvo la prohibición para conducir que ya pesaba sobre él.
