


A partir del próximo 5 de septiembre entrará en vigencia a nivel nacional la nueva Ley N° 27.801 de Responsabilidad Penal Juvenil. En diálogo con Región360, la fiscal adjunta Marianela Montemarani brindó precisiones sobre el alcance de la normativa que reemplazará a la Ley N° 22.278.
Un cambio de paradigma en la imputabilidad
La fiscal explicó que el cambio fundamental radica en la reducción de la edad de imputabilidad. Según detalló Montemarani, la ley vigente establece dos límites para responsabilizar penalmente a un menor: «que el menor tiene que tener 16 años o más y que el delito por el cual se lo busca responsabilizar sea de una pena en expectativa mayor a 3 años».
Con la reforma, «estos dos límites se borran», indicó la funcionaria. «El límite de la edad se baja a 14 años, o sea, a partir del 5 de septiembre un menor de 14 años puede ser responsabilizado penalmente por un delito que haya cometido», sostuvo. Además, remarcó que se elimina la restricción del tipo de delito: «se va a poder juzgar a un menor de 14 años por cualquier tipo de delito más allá de la pena en expectativa que establezca el Código, o sea que se amplía el abanico mucho más».
Audiencias orales, reserva y garantías
En cuanto al desarrollo de los procesos judiciales, Montemarani precisó que «todas las audiencias son orales, en presencia del juez400».
Respecto a las partes intervinientes, la fiscal detalló que «interviene la Fiscalía en representación a la víctima, también se da la posibilidad de que la víctima pueda tener su abogado querellante y, por el otro lado, va a estar el menor con su abogado defensor y sus representantes legales o representantes afectivos».
Asimismo, la funcionaria enfatizó el carácter reservado de los procedimientos: «todo lo que tenga que ver a los menores de edad no es público porque entran a jugar los intereses de los derechos del niño y por eso se reservan siempre los datos de identidad de los menores y las audiencias no son públicas».
Medidas alternativas, penas y responsabilidad de los padres
La fiscal Montemarani explicó que el nuevo régimen contempla un abanico gradual de respuestas judiciales. «Lo que tiene por fin la ley nueva es buscar una solución que pueda acercar a la víctima, al imputado menor y a su familia», señaló, agregando que «se busca siempre buscar una solución alternativa a la prisión preventiva, salvo en los delitos más graves».
Entre las alternativas, se busca «que el menor se responsabilice, realice tareas comunitarias o realice una donación o haga algo para reparar ese daño que causó». En el caso de sanciones privativas de libertad, la norma contempla la prisión domiciliaria, la permanencia en establecimientos educativos y la prisión preventiva en institutos cerrados, evaluando el juez penas de mayor graduación ante hechos nuevos.
Finalmente, la fiscal destacó que la Ley N° 27.801 deja asentado por escrito un tope máximo para las condenas: «la ley establece por escrito que el tope máximo de pena para un menor no puede superar los 15 años de prisión», un límite que previamente se aplicaba por vía jurisprudencial de la Corte Provincial, la Corte Nacional y convenios internacionales. A su vez, la norma «establece también la responsabilidad de los padres», convocándolos a integrar el proceso y responder civilmente por los actos ilícitos de los adolescentes.
Santa Fe se declara lista para la implementación
En concordancia con los cambios legislativos que se aplicarán a nivel nacional, la vocera del Gobierno Provincial, Virginia Coudannes, confirmó recientemente que la provincia de Santa Fe está preparada para implementar el nuevo Régimen Penal Juvenil. Coudannes aseguró que la gestión del gobernador Maximiliano Pullaro previó los recursos necesarios y que el territorio provincial dispone de la infraestructura, los cargos, las oficinas y el personal profesional capacitado para encarar la aplicación del nuevo marco normativo.
A su vez, la vocera remarcó que la provincia ya posee los dispositivos requeridos para cumplir con los distintos tipos de medidas contempladas en la Ley 27.801, desde las modalidades alternativas y de prisión domiciliaria hasta los espacios de puertas abiertas y de puertas cerradas bajo régimen penitenciario, garantizando así una respuesta ágil y eficiente ante las nuevas disposiciones judiciales.
