
Desde el Centro Económico Firmat recordaron a los comerciantes y consumidores sobre una nueva resolución nacional sobre la exhibición de precios.
Miguel Garrofé, Presidente de CEF, dijo a Región360 Noticias, «es importante tenerlo en cuenta, es de relevancia por que es una modificación que hace la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía sobre la regulación existente, que databa del 2002».
De esta manera, y según la Resolución 4/2025, los precios de bienes y servicios podrán mostrarse en dólares estadounidenses o en otra moneda extranjera, además de la moneda local (pesos), indicando el importe total y final que deba abonar el consumidor.
La norma también prevé que los establecimientos comerciales deben indicar el precio por unidad de medida, y que el precio de góndola coincida con el que se cobra en líneas de cajas.
En caso de que la compra se efectúe a través de financiación corresponderá que se indique el precio de contado, la cantidad y monto de cada una de las cuotas así como el costo financiero total efectivo anual (CFTEA).
Quienes ofrezcan directamente al público servicios que sean prestados desde, hacia y en el exterior podrán dar cumplimiento a lo establecido en la Resolución exhibiendo y publicitando los precios de los mismos en dólares.
La exhibición de los precios deberá efectuarse en forma clara, visible, horizontal y legible, a la vista y al alcance del consumidor. En cuanto a las listas de precios, deberán exponerse en los lugares de acceso a la vista del público, y el comercio optará por presentarlas de manera digital o en papel.
También, desde el 1 de abril los comercios tendrán que incluir en la góndola, en menor tamaño, la leyenda “PRECIO SIN IMPUESTOS NACIONALES” con el importe neto sin IVA ni impuestos nacionales indirectos. Lo expuesto regirá para la exhibición de precios en comercios y para anuncios publicitarios emitidos por cualquier medio.
La nueva norma establece el principio general de que debe presentarse a los consumidores el precio final del producto, tanto de manera presencial o virtual. Las ofertas y descuentos podrán ser publicadas de manera independiente de la información en fleje de góndola que indica la nueva normativa.


