


El Ministerio Público de la Acusación concluyó la investigación iniciada por los disturbios registrados el 15 de julio de 2026 en inmediaciones de la plaza San Martín de Venado Tuerto, durante una celebración deportiva que había congregado a una importante cantidad de personas.
Como resultado de la actuación conjunta de la Fiscalía, la Policía provincial y distintas áreas de la Municipalidad de Venado Tuerto, tres personas fueron identificadas e imputadas por atentado a la autoridad agravado. Posteriormente, y luego de analizar individualmente las conductas y consecuencias atribuidas, se dispuso una salida alternativa que incluyó el cumplimiento efectivo de trabajos comunitarios.
Las personas imputadas fueron M.F., C.G. y E.A. Las audiencias imputativas se realizaron los días 16, 20 y 21 de julio, respectivamente, en la Oficina de Gestión Judicial de Venado Tuerto.
De acuerdo con la investigación, los hechos se produjeron alrededor de las 21:00, cuando se registraron enfrentamientos y el arrojo de botellas y otros elementos contundentes contra el personal policial encargado del operativo de prevención y restablecimiento del orden público.
A M.F. se le atribuyó haber golpeado desde atrás al subinspector Martín Aguiar e intentado agredirlo con una botella de vidrio. A C.G. y E.A. se les imputó haber participado en el arrojo de objetos contundentes contra los efectivos policiales.
Investigación e identificación de los involucrados
La respuesta institucional comenzó durante el propio desarrollo de los incidentes. El Centro de Monitoreo Municipal detectó las agresiones que se estaban produciendo en el sector de las calles Belgrano y 25 de Mayo y transmitió la información a la central de emergencias 911, lo que permitió orientar el despliegue policial.
Posteriormente, los registros audiovisuales obtenidos mediante el sistema de videovigilancia municipal, junto con otras filmaciones difundidas en redes sociales, fueron incorporados a las tareas investigativas. El análisis de ese material, complementado con informes policiales, consultas en bases de datos, reconocimientos de vestimenta, requisas y allanamientos, permitió avanzar en la individualización de los presuntos participantes.
La investigación fue llevada adelante por el Dr. Facundo Peña, responsable de la Unidad de Salidas Alternativas, bajo la coordinación del fiscal coordinador de la Unidad Fiscal de Venado Tuerto, Iván Raposo. Las audiencias imputativas estuvieron a cargo del fiscal adjunto subrogante Luis Lagioia.
Desde la Fiscalía se destacó que la actuación coordinada permitió brindar una respuesta rápida al conflicto: se identificó a los involucrados, se les comunicaron formalmente los hechos y la calificación penal atribuida y se estableció posteriormente una reparación concreta en beneficio de la comunidad.
Una respuesta restaurativa y proporcional
Al evaluar la continuidad del proceso, la Fiscalía tuvo en cuenta que no se acreditaron consecuencias personales graves que pudieran ser atribuidas individualmente a los tres imputados.
En el caso de M.F., el funcionario policial agredido manifestó no haber sufrido lesiones visibles, más allá de las molestias producidas por el golpe. Respecto de C.G. y E.A. , si bien se comprobó su participación en el contexto general de lanzamiento de objetos, no pudo determinarse que alguno de los elementos arrojados por ellos hubiera provocado concretamente las lesiones sufridas por una funcionaria policial durante los disturbios.
También se valoró que se trató de un episodio excepcional y temporalmente delimitado, que no se reiteró posteriormente, así como la actitud asumida por los imputados frente a la reparación propuesta.
En este marco, cada uno de ellos cumplió 30 horas de trabajo comunitario en la Dirección de Servicios Públicos de la Municipalidad de Venado Tuerto. Las tareas se desarrollaron entre el 3 y el 10 de agosto y consistieron principalmente en el barrido y la limpieza de calles asignadas por el personal municipal.
En total, se concretaron 90 horas de servicios en beneficio de la comunidad.
El informe emitido por el director de Servicios Públicos dejó constancia de que los tres imputados completaron íntegramente la carga horaria y mantuvieron una conducta favorable, responsable y adecuada durante la realización de las tareas.
El aporte de la Municipalidad
La intervención del Gobierno de Venado Tuerto fue determinante en dos momentos del procedimiento.
En una primera instancia, el Centro de Monitoreo Municipal colaboró en la detección de los disturbios, la comunicación inmediata con el sistema de emergencias y el aporte de registros audiovisuales relevantes para la investigación.
Posteriormente, la Dirección de Servicios Públicos puso a disposición el ámbito necesario para el cumplimiento de los trabajos comunitarios, asignó las tareas, supervisó su ejecución y documentó formalmente el cumplimiento de las horas establecidas.
Esta articulación permitió transformar una conducta que afectó el orden público y el normal desempeño de los funcionarios policiales en una prestación concreta destinada a reparar el daño social causado.
El criterio de oportunidad no significa impunidad
Una vez comprobado el cumplimiento íntegro de los trabajos comunitarios, la Fiscalía resolvió aplicar el criterio de oportunidad previsto en el artículo 19, inciso 2, del Código Procesal Penal de Santa Fe y archivar el legajo respecto de los tres imputados.
La decisión se fundó en la reducida entidad lesiva individualmente atribuible, la ausencia de consecuencias personales graves, la falta de reiteración de las conductas y el cumplimiento efectivo de una reparación proporcional.
“Las salidas alternativas no significan ausencia de respuesta. En este caso se investigaron los hechos, se identificó e imputó a las personas involucradas y se estableció una consecuencia concreta, verificable y beneficiosa para toda la comunidad”, explicó el fiscal coordinador Iván Raposo.
Asimismo, destacó el trabajo realizado por el fiscal Facundo Peña y la importancia de la coordinación institucional: “La intervención de la Unidad de Salidas Alternativas permitió construir una solución proporcional al conflicto. También fue fundamental la colaboración del Gobierno municipal, tanto mediante el Centro de Monitoreo como a través de la Dirección de Servicios Públicos”.
La aplicación del criterio de oportunidad responde al principio de que el Derecho Penal debe reservar su intervención más intensa para los hechos que verdaderamente requieren una respuesta punitiva. En situaciones de menor afectación concreta, las herramientas restaurativas permiten brindar soluciones más rápidas, responsables y útiles para la sociedad.
La resolución dictada respecto de Elías Ismael Acosta se limita exclusivamente a su participación en los disturbios del 15 de julio y no produce ningún efecto sobre otro legajo penal en el que se encuentra imputado por hechos diferentes
