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Piden siete años de prisión para el acusado de amenazar al presidente comunal de Murphy

por Redacción Región 360
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El Ministerio Público de la Acusación solicitó una pena de siete años de prisión efectiva para B., acusado de haber amenazado al presidente comunal de Murphy, Hugo Ezequiel Rodríguez, con el propósito de obligarlo a adoptar una decisión favorable vinculada con la ubicación y habilitación de un carro de venta de comidas.

La requisitoria de acusación fue presentada por el fiscal Iván Gastón Raposo, coordinador de la Unidad de Delitos contra la Propiedad y Conexos del MPA de Venado Tuerto, en el marco de una investigación en la que también tuvo una intervención relevante el Dr. Facundo Peña, responsable de la Unidad de Salidas Alternativas, cuyo trabajo resultó fundamental para el análisis integral del caso y la definición de la respuesta penal promovida.

De acuerdo con la acusación, el hecho ocurrió durante la tarde del 24 de julio de 2026, cuando el imputado habría enviado a Rodríguez una serie de mensajes de audio a través de WhatsApp. En esas comunicaciones, le habría exigido una respuesta favorable para trasladar su puesto comercial o conseguir que otro carro fuera reubicado.

Según sostiene el MPA, Bustos habría reforzado esa exigencia mediante el anuncio de graves actos de violencia. Entre otras expresiones, manifestó que, si no obtenía una solución, haría “un ruido bárbaro en el pueblo”, que estaba acostumbrado “a otro nivel de violencia” y que podía recurrir a personas vinculadas con “los Cantero”, a quienes describió como capaces de cualquier cosa.

También habría advertido que, si intervenía la policía, no regresaría a prisión y que se enfrentaría a tiros con quienes fueran a buscarlo. Finalmente, condicionó expresamente su accionar a la respuesta del presidente comunal, señalándole que, si no recibía una solución favorable, la buscaría “a su manera”.

La Fiscalía considera que las amenazas estuvieron dirigidas a condicionar la libertad de decisión de Rodríguez en el ejercicio de sus funciones públicas. La víctima manifestó que las expresiones le generaron temor por su seguridad y por la de su familia.

La acusación se encuentra respaldada principalmente por los audios y conversaciones de WhatsApp aportados por la víctima, su declaración, la intervención inmediata de personal de la Subcomisaría 10ª de Murphy y los elementos secuestrados durante los allanamientos realizados el 30 de julio.

La conducta fue calificada como amenazas coactivas agravadas por haber tenido como propósito obtener una medida o concesión de los poderes públicos, delito que contempla una escala penal de cinco a diez años de prisión.

Además de solicitar siete años de prisión de cumplimiento efectivo, el MPA pidió que, en caso de condena,  B. sea declarado reincidente por tercera vez, con las accesorias legales y las costas del proceso. Asimismo, requirió la apertura del juicio oral y público.

“No estamos frente a una mera discusión o a un reclamo formulado en términos inapropiados. La evidencia permite sostener que se habrían anunciado males graves y violentos para condicionar la decisión de una autoridad pública. Las diferencias o necesidades particulares deben canalizarse por las vías legales: ninguna persona puede pretender imponer su voluntad mediante amenazas, y mucho menos intentar doblegar de ese modo a quien ejerce una función institucional”, afirmó el fiscal coordinador Iván Gastón Raposo.

La solicitud de pena constituye la pretensión del Ministerio Público de la Acusación y deberá ser debatida en juicio, instancia en la que se determinará definitivamente la responsabilidad penal del acusado.

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