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Lo que dice el fallo judicial que condenó a un hombre a 14 años de prisión por abuso sexual agravado

por Redacción Región 360
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En los Tribunales de Melincué, la Justicia dictó la pena de 14 años de prisión de ejecución efectiva para L.A.V. por delitos contra la integridad sexual cometidos en perjuicio de un menor de edad. El dictamen se aproxima al pedido formulado por el fiscal Julián Cochero, de la Fiscalía Regional N.º 3, quien había solicitado la condena de 16 años de cárcel.

La resolución fue confirmada a Región360 por el fiscal Cochero tras la lectura del fallo. El tribunal colegiado, integrado por las magistradas Paula Borrello, Silvina Marinucci y Mariana Vidal, declaró a L.A.V.autor penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo —por ser ascendiente de la víctima— y por el aprovechamiento de la convivencia preexistente con un menor de 18 años, reiterado en cantidad de veces indeterminadas.

Según consta en la denuncia y en la investigación judicial, los hechos ocurrieron de forma reiterada entre los años 2005 y 2017. Las agresiones comenzaron cuando la víctima tenía 11 años mientras la familia residía en Rosario, y continuaron luego tras el traslado del entorno familiar a la localidad de Bombal, donde el condenado residió cerca de 10 años. L.A.V. convivía bajo el mismo techo con el menor y en el expediente consta además que el imputado se valía de los momentos a solas para cometer los abusos.

Tras un extenso proceso investigativo, ya que la denuncia se hizo en 2019, en septiembre de 2025 se requirió la intervención de la División Capturas de la Policía de Investigaciones (PDI). Los efectivos lograron localizar al sospechoso en la vía pública, sobre la calle Estrada al 7200 de la ciudad de Santa Fe, donde se concretó su detención y el secuestro de su teléfono celular para los peritajes de la causa. Sin embargo, durante su defensa, L.A.V. dijo que nunca estuvo prófugo y que estuvo trabajando como árbitro de fútbol.

Finalmente, la sentencia judicial ordenó el encarcelamiento ordinario del condenado y su inmediato traslado a una unidad penitenciaria provincial, donde deberá recibir el tratamiento progresivo de resocialización establecido por las normativas vigentes.

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